lunes, 12 de julio de 2010

DERECHOS HUMANOS

Los derechos humanos se entiende que son aspectos de la vida humana imprescindibles y
necesarios, de modo que la vida sin ellas se convierte en una vida menor, porque son constitutivos de la dignidad humana.
Los derechos humanos implican las ideas de unidad y fraternidad humana.Se puede observar una evolución histórica de los mismos en la que el cristianismo ha sido determinante.
El cristianismo heredó de la religión judia la preocupación por la defensa de los pobres y oprimidos y el reconocimiento de exigencias de justicia que no podían dejarse de lado. Por ejemplo, el Nuevo Testamento contiene enseñanzas contra la injusticia, el homicidio, el robo, la calumnia o el egoísmo en el uso de los bienes. En la Epístola de Santiago, el apóstol denunció a los empleadores que no pagan a sus empleados sus justos salarios. El cristianismo fue gradualmente derramando su doctrina en el derecho romano, mejorando la situación de los esclavos, de los hijos y de las mujeres, cuyo estatus en la subcultura cristiana era mucho más alto que en la grecorromana. En el plano económico, condenó la usura y la explotación, estableciendo las bases de la doctrina del justo precio.
Tales ideas fueron desarrolladas por los Padres de la Iglesia, proclamando un sentido social y limitado de la propiedad y de la ley que ya no pueden aplicarse de modo absoluto con indiferencia a las situaciones de las personas.
Pero fue Tomás de Aquino quien asentó las bases de los conceptos jurídicos que harán posible la existencia de los derechos humanos como hoy los conocemos al afirmar que existe, además del derecho positivo (aquel que escriben y determinan los jueces y gobernantes, aquel que es determinado y establecido por los hombres), un derecho natural, propio de la criatura creada racional, que ningún hombre ni ningún gobierno puede desconocer. Se planteo el muy importante problema de la conciliación de los intereses individuales y los sociales en su obra Summa Theologiae afirmando que si existía un conflicto entre lo social y lo individual en el seno del mundo material, debía prevalecer el bien común. Pero, por el contrario, si el conflicto afectaba a la esfera íntima del ser humano y a su salvación espiritual, en ese caso prevalecería el bien del hombre frente al de la sociedad. En este ámbito, de existir un conflicto patente entre el Derecho positivo (el del Estado) y el Derecho natural (el que se deriva de la naturaleza creada del hombre y establecido por Dios), el pensamiento tomista defiende el derecho de resistencia contra el arbitrio de los gobernantes.
A partir del siglo XVIII y XIX las revoluciones liberales son determinantes para establecer los derechos humanos como hoy los conocemos. La Revolucion norteamericana y la Revolución francesa son el revulsivo que da lugar a la gestación de los derechos humanos, que se recogen en diversas actas de nacimiento, como son las declaraciones de derechos de las colonias estadounidenses, en especial la Declaración de Derechos de Virginia de 1776, considerada la primera declaración moderna de derechos humanos, y la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano francesa de 1789, influenciada por la anterior. Estas declaraciones, fundamentadas en el Derecho Natural no cristiano sino racionalista, suponen la conversión del derecho de cada individuo en centro de las leyes, que ha de ser respetado por toda la sociedad, el orden social no puede impedir estos derechos.
Se consideran derechos universales, internacionales, de los hombres y han de estar por encima de las fronteras y los estados, en todos ellos han de cumplirse y respetarse.
La noción de derechos humanos recogida en las Declaraciones, basada en la ideología burguesa del individualismo filosófico y el liberalismo economico, no experimentó grandes cambios a lo largo del siglo siguiente hasta que, ante las pésimas condiciones de vida de las masas obreras, surgieron movimientos sindicales y se dieron intensas luchas obreras que articularon sus demandas en forma de nuevos derechos que pretendían dar solución a ciertos problemas sociales a través de la intervención del Estado, como la garantía del derecho de huelga, unas condiciones mínimas de trabajo o la prohibición o regulación del trabajo infantil. Desde la primera mitad del siglo XIX se había desarrollado una nueva filosofía social que se manifestó en el socialismo utópico, el reformismo de la Escuela Católica Social, la socialdemocracia, el anarquismo o el socialismo científico. En esta nueva fase fueron muy importantes la Revolución rusa o la Revolución mexicana.
Además de las luchas obreras, a lo largo de la edad contemporánea los movimientos por el sufragio femenino consiguieron para muchas mujeres el derecho de voto; movimientos de liberación nacional consiguieron librarse del dominio de las potecnias occidentales y triunfaron diversas reivindicaciones de minorías raciales o religiosas oprimidas, movimientos por los derechos civiles o movimientos de políticas de identidad que defienden la autodeterminación cultural de colectivos humanos.
El siglo XX se caracterizó también por la incorporación de los derechos humanos al Derecho internacional. Especialmente tras la Segunda Guerra Mundial, desde el nacimiento de la Organización de las Naciones Unidas, en 1945, y con la formulación por la misma el 10 de diciembre de 1948, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos como intento de sentar las bases del nuevo orden internacional.
Posteriormente se han aprobado numerosos tratados internacionales sobre la materia, entre los que destacan los Pactos Internacionales de Derechos Humanos de 1966 (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y Pacto Internacional de Derechos Económicos, sociales y Culturales),y se han creado diversos dispositivos para su promoción y garantía.

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